Cómo contratar con el Estado siendo empresa nueva
Sí: una empresa recién creada y sin experiencia previa puede venderle al Estado en Colombia, y la puerta de entrada es la mínima cuantía, la modalidad de menor valor donde no se exige RUP ni trayectoria. En esta guía verás, paso a paso, cómo formalizarte, registrarte en el SECOP II, presentar tu primera oferta y evitar los errores de forma que dejan por fuera a los principiantes. Todo con base en la normativa vigente de contratación estatal: la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015.
¿Puede una empresa nueva contratar con el Estado sin experiencia?
Sí. En Colombia, cualquier persona natural o jurídica con capacidad legal —y que no esté incursa en inhabilidades o incompatibilidades (Ley 80 de 1993, art. 8)— puede contratar con el Estado, incluso si acaba de crearse y no tiene contratos previos. La contratación pública se rige por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, y ninguna de esas normas exige una antigüedad mínima para participar.
La clave está en elegir la modalidad correcta. La Ley 1150 de 2007 (art. 2) define cinco modalidades de selección: licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos, contratación directa y mínima cuantía. Las tres primeras suelen pedir experiencia, RUP y capacidad financiera altas, así que no son el mejor punto de partida.
La puerta de entrada para los nuevos es la mínima cuantía: procesos de bajo valor con requisitos mucho más simples, donde el Estado compra bienes, obras y servicios pequeños sin exigir RUP ni trayectoria previa.
¿Qué es la mínima cuantía y por qué es la mejor puerta de entrada?
La mínima cuantía es la modalidad de selección para contratos cuyo valor no supera el 10% de la menor cuantía de la entidad. La menor cuantía se calcula según el presupuesto anual de la entidad expresado en salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), por lo que el tope cambia de una entidad a otra.
En las entidades más grandes —presupuesto anual igual o superior a 1.200.000 SMMLV— la menor cuantía es de 1.000 SMMLV, así que la mínima cuantía llega hasta 100 SMMLV. Ese tope baja por tramos según el presupuesto: puede quedar en 85, 65 o incluso solo 28 SMMLV en las entidades más pequeñas. Por eso conviene verificar el límite exacto en cada proceso.
Esta modalidad se incorporó al estatuto con el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 (que añadió el numeral 5 al art. 2 de la Ley 1150 de 2007) y está reglamentada en el Decreto 1082 de 2015. Son contratos pensados justo para proveedores pequeños.
- No exige inscripción en el RUP.
- El proceso es ágil: la invitación pública puede publicarse por un término tan corto como 1 día hábil.
- Se adjudica a la oferta de menor precio que cumpla las condiciones, no a la de mayor experiencia.
¿Se puede venderle al Estado sin RUP?
Sí. El Registro Único de Proponentes (RUP), que se tramita y renueva cada año en la Cámara de Comercio, es obligatorio como regla general (Ley 1150 de 2007, art. 6) para quien quiera participar en licitación pública, selección abreviada o concurso de méritos, pero la ley contempla varias excepciones en las que no se exige.
Mientras te concentres en procesos de mínima cuantía, puedes empezar a venderle al Estado sin tener RUP. Cuando quieras aspirar a contratos más grandes, inscribir el RUP será tu siguiente paso: allí empezarás a acumular la experiencia y la capacidad financiera y organizacional que la Cámara de Comercio certifica.
- Contratación de mínima cuantía.
- Contratación directa.
- Enajenación de bienes del Estado.
- Adquisición de productos de origen o destinación agropecuaria en bolsas de productos.
- Contratos de prestación de servicios de salud, entre otros casos que fija el art. 6 de la Ley 1150 y el Decreto 1082 de 2015.
¿Conviene contratar como persona natural o como empresa (S.A.S.)?
Puedes contratar con el Estado como persona natural o como persona jurídica; ambas opciones son válidas. Como persona natural solo necesitas el RUT ante la DIAN y, si eres comerciante, la matrícula mercantil. Es la vía más rápida y económica para arrancar con contratos pequeños.
Crear una empresa —normalmente una S.A.S.— cuesta un poco más y exige contabilidad formal, pero separa tu patrimonio personal del de la empresa (responsabilidad limitada al capital aportado), proyecta mayor solidez y permite acumular experiencia y capacidad financiera a nombre de la sociedad para futuros contratos.
- Persona natural: trámite simple (RUT + matrícula mercantil), ideal para mínima cuantía y servicios personales.
- S.A.S.: responsabilidad limitada, mejor imagen ante las entidades y experiencia acumulada a nombre de la empresa.
- Recomendación práctica: empieza como persona natural en mínima cuantía y formaliza una S.A.S. cuando el volumen de contratos lo justifique.
¿Qué ventajas tienen las MiPymes en la contratación pública?
La ley protege a las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes) para que compitan en igualdad de condiciones frente a las grandes. La Ley 2069 de 2020 (Ley de Emprendimiento) y su decreto reglamentario, el Decreto 1860 de 2021, reforzaron estos beneficios para las MiPymes colombianas.
Ser MiPyme no te garantiza el contrato, pero inclina la balanza a tu favor cuando compites contra empresas grandes. Asegúrate de acreditar tu condición de MiPyme con el certificado o la documentación que pida la entidad.
- Convocatorias limitadas a MiPyme: cuando el valor del proceso es inferior a US$125.000 y al menos dos (2) MiPymes colombianas con mínimo un año de existencia manifiestan interés, la entidad debe reservar la convocatoria solo para MiPymes (Decreto 1082 de 2015, art. 2.2.1.2.4.2.2, modificado por el Decreto 1860 de 2021).
- Criterios de desempate: ante un empate, la ley da prelación —en un orden definido— a bienes y servicios nacionales, a las MiPymes y a empresas de mujeres, personas con discapacidad y población vulnerable (Ley 2069 de 2020, art. 35).
- Puntaje por apoyo a la industria nacional e incorporación de componente nacional (Ley 816 de 2003).
¿Cómo ganar tu primera licitación con el Estado?
Tu primera adjudicación casi siempre llegará en mínima cuantía, y ahí ganar depende de tres cosas: elegir procesos que de verdad puedas cumplir, presentar una oferta impecable en la forma y ofrecer un precio competitivo sin caer por debajo del costo real.
El cuello de botella de los nuevos suele ser encontrar a tiempo los procesos correctos. Herramientas como dclic centralizan las oportunidades del SECOP en las 32 regiones, te avisan por WhatsApp cuando sale una mínima cuantía en tu sector y, con inteligencia artificial, te dicen si tu empresa califica (sí, no o parcial) antes de que gastes horas armando una oferta que no cumple.
- Postúlate solo a lo que puedes ejecutar: revisa objeto, plazo, lugar y requisitos habilitantes antes de invertir tiempo.
- Cumple al 100% los documentos: RUT, cédula o certificado de existencia, pago de seguridad social y los anexos de la invitación.
- Cotiza con cabeza: precio bajo pero sostenible; una oferta artificialmente baja puede ser rechazada.
- Presenta antes del cierre: los plazos del SECOP II son estrictos y no admiten excusas.
¿Qué errores dejan por fuera a las empresas nuevas?
La mayoría de estos errores no tienen que ver con la calidad de tu empresa, sino con el papeleo y los plazos. Una lista de verificación antes de enviar cada oferta y una fuente confiable de alertas te evitarán perder oportunidades por detalles de forma.
- Presentar la oferta después de la hora de cierre: es causal automática de rechazo.
- No leer bien la invitación y omitir un anexo o requisito habilitante obligatorio.
- Olvidar el pago de aportes a seguridad social (planilla), que muchas entidades exigen.
- Errores aritméticos en la cotización o incluir el IVA de forma incorrecta.
- Ofertar un precio artificialmente bajo que no permita ejecutar el contrato.
- No estar registrado a tiempo en el SECOP II como proveedor.
Paso a paso
- Formaliza tu negocio. Saca el RUT ante la DIAN con las actividades económicas (códigos CIIU) correctas. Si vas como persona natural comerciante, tramita la matrícula mercantil; si prefieres una empresa, constituye una S.A.S. en la Cámara de Comercio. Sin RUT no puedes facturarle al Estado.
- Regístrate como proveedor en el SECOP II. Crea tu cuenta de proveedor en el SECOP II a través del portal de Colombia Compra Eficiente (colombiacompra.gov.co), la plataforma transaccional donde hoy se tramita la mayoría de los procesos. Configura tu perfil, representante legal y datos de contacto. El registro es gratuito y obligatorio para ofertar en línea.
- Clasifica tus bienes y servicios y activa alertas. Identifica los códigos del Clasificador de Bienes y Servicios (UNSPSC) que corresponden a lo que ofreces. Con ellos podrás filtrar los procesos relevantes y configurar alertas para no depender de revisar el SECOP manualmente todos los días.
- Busca procesos de mínima cuantía en tu región. Filtra por la modalidad 'mínima cuantía', por tu departamento o municipio y por tu sector. Empieza por objetos sencillos y valores pequeños donde no se exige RUP ni experiencia previa. Dclic centraliza estos procesos de las 32 regiones y te avisa por WhatsApp.
- Estudia la invitación pública. Descarga y lee la invitación (con los estudios previos): objeto, presupuesto, plazo de ejecución, requisitos habilitantes, documentos exigidos y fecha y hora de cierre. Aquí se define si tu empresa realmente califica para presentarse.
- Prepara tu oferta cumpliendo cada requisito. Reúne los documentos (RUT, cédula o certificado de existencia y representación, planilla de seguridad social y las certificaciones que pidan) y elabora tu cotización. Revisa los cálculos y verifica que no falte ningún anexo firmado.
- Presenta tu oferta por el SECOP II antes del cierre. Carga y envía tu oferta dentro del plazo. No lo dejes para el último minuto: fallas de internet o archivos pesados pueden hacerte llegar tarde, y una oferta extemporánea se rechaza sin excepción.
- Haz seguimiento y firma la aceptación. La entidad evalúa las ofertas y, en mínima cuantía, adjudica a la de menor precio que cumpla los requisitos habilitantes. Si ganas, recibirás la comunicación de aceptación de la oferta, que junto con tu oferta equivale al contrato. Ejecuta bien: esa buena ejecución es la experiencia que te abrirá contratos mayores.
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Crear cuenta gratisPreguntas frecuentes
¿Cuánto vale un contrato de mínima cuantía?
Es todo contrato cuyo valor no supera el 10% de la menor cuantía de la entidad. En las entidades más grandes ese tope llega hasta 100 SMMLV; en las más pequeñas puede bajar hasta cerca de 28 SMMLV. Por eso conviene revisar la menor cuantía de cada entidad antes de cotizar.
¿Necesito RUP para venderle al Estado?
No siempre. El RUP es la regla general (Ley 1150 de 2007, art. 6), pero no se exige en la mínima cuantía, la contratación directa, la enajenación de bienes del Estado ni otros casos del Decreto 1082 de 2015. Para empezar en mínima cuantía no necesitas RUP.
¿Puedo contratar con el Estado como persona natural?
Sí. Puedes participar como persona natural con tu RUT (y matrícula mercantil si eres comerciante) o como empresa. Muchos proveedores nuevos empiezan como persona natural en mínima cuantía y crean una S.A.S. cuando crece su volumen de contratos.
¿Qué pasa si mi empresa no tiene experiencia?
En mínima cuantía no se verifica experiencia a través del RUP, así que la falta de trayectoria no te excluye. Es la modalidad ideal para conseguir tus primeros contratos y construir el historial que luego exigen la licitación y la selección abreviada.
¿Qué es el SECOP II?
Es el Sistema Electrónico de Contratación Pública en su versión transaccional, gestionado por Colombia Compra Eficiente: la plataforma en línea donde las entidades publican los procesos y los proveedores presentan sus ofertas y firman contratos. Registrarse es gratuito y obligatorio para participar.
¿Cómo me entero de las licitaciones que le sirven a mi empresa?
Puedes revisar el SECOP manualmente o usar alertas. Plataformas como dclic centralizan los procesos del SECOP de las 32 regiones, te notifican por WhatsApp los que coinciden con tu actividad y te indican con IA si tu empresa califica antes de armar la oferta.